Artículo 28.- En las escrituras públicas eDFL RRA 8
HDA 1963
Art 17 inscripciones que se efectúen de acuerdo con las disposiciones del presente decreto con fuerza de ley se aplicarán los Aranceles para Notarios y Conservadores de Bienes Raíces, y sus recargos, rebajados en un cincuenta por ciento.
HDA 1963
Art 17 inscripciones que se efectúen de acuerdo con las disposiciones del presente decreto con fuerza de ley se aplicarán los Aranceles para Notarios y Conservadores de Bienes Raíces, y sus recargos, rebajados en un cincuenta por ciento.