FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA LA MUNICIPALIDAD DE BUIN
D.F.L. N° 67.- Santiago, 10 de Agosto de 1981.- Vistos: lo dispuesto en el N° 3 del artículo 32° de la Constitución Política del Estado y la facultad que me confiere el artículo 27° del decreto ley N° 3.551, de 1981, y
Teniendo presente: La proposición del Alcalde de la Municipalidad de Buin,
vengo en dictar el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°.- Fíjase a contar del 1° de Enero de 1981, la siguiente Planta de Personal para la Municipalidad de Buin:
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Escalafón Cargo Grado N° Cargos
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Alcalde Alcalde 5° 1
Directivos Juez de Policía
Local 7° 1
Secretario
Municipal 7° 1
Directivos I 7° 3
Directivos II 9° 2
Profesionales Profesional I 8° 1
Profesional II 12° 1
Profesional Ley N° 11 hrs./s
15.076
Especializados Especializado I 12° 1
Administrativos Administrativo I 12° 4
Administrativo II 14° 4
Administrativo III 16° 4
Administrativo IV 18° 1
Mayordomos Mayordomo I 16° 2
Auxiliares Auxiliares I 16° 7
Auxiliares II 17° 8
Auxiliares III 18° 8
Auxiliares IV 19° 1
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50
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Artículo 2°.- La dotación máxima de personal de la Municipalidad de Buin será de 50 cargos y 11 horas semanales Ley 15.076.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.