Artículo 60. La Inspección Comunal del Trabajo de San Miguel tendrá jurisdicción sobre las Comunas de San Miguel, Cisterna y La Granja; la de Quinta Normal, sobre las comunas de Quinta Normal y Barrancas; la de Puente Alto, sobre las comunas de Puente Alto, San José de Maipo, La Florida y Pirque; y la de Renca, sobre las comunas de Renca, Quilicura, Tiltil y Lampa.