MODIFICA D.F.L. N° 33, DE 1990, QUE ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DE LA SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS AL ART. 5° DE LA LEY N° 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO
D.F.L. N° 78.- Santiago, 19 de Marzo de 1990.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 1°, 2° y 13° transitorios, y artículo 7° de la Ley N° 18.834, que aprobó el Estatuto Administrativo; el D.F.L. N° 33, de 22/02/90, sin publicar,
dicto el siguiente:
Decreto con Fuerza de Ley:
Artículo único: Modifícase el D.F.L. N° 33, de 22/02/90, que adecua las plantas y escalafones del personal de la Subsecretaría de Obras Públicas a lo dispuesto en el Artículo 5° de la Ley N° 18.834, agregándose la denominación de la Planta correspondiente a los cargos Directivos y sustituyéndose los requisitos consignados en dicho cuerpo legal en la forma que se señala.
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SITUACION ACTUAL
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ESCALAFON / CARGOS NIVEL GRADO N°
E.U.S. CARGOS
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AUTORIDADES DE GOBIERNO
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Ministro B 1
Subsecretario C 1
I.- Cargos de exclusiva confianza:
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DIRECTIVOS SUPERIORES
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Secretarios Regionales III 4° 13
Ministeriales
DIRECTIVOS
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Jefe Depto. Administración I 5° 1
y Secretaría general
II.- Cargos de Carrera
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Jefe Administrativo II 6° 1
JEFATURA B
----------
Jefe de Sección I 11° 3
Jefatura B I 12° 1
PROFESIONALES Y TECNICOS
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UNIVERSITARIOS
--------------
Profesionales 4° 2
Profesionales 5° 2
Profesionales 6° 8
Profesionales 7° 3
Profesionales 8° 3
Profesionales 9° 4
Profesionales 10° 12
Profesionales 11° 3
Profesionales 12° 18
Profesionales 13° 6
TECNICOS UNIVERSITARIOS
-----------------------
Técnicos Universitarios 14° 10
Técnicos Universitarios 15° 2
Técnicos Universitarios 18° 1
OFICIALES ADMINISTRATIVOS
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Oficiales Administrativos I 14° 11
Oficiales Administrativos I 15° 14
Oficiales Administrativos II 16° 12
Oficiales Administrativos II 17° 10
Oficiales Administrativos II 18° 14
Oficiales Administrativos II 19° 11
Oficiales Administrativos III 20° 10
Oficiales Administrativos III 21° 10
Oficiales Administrativos III 22° 1
Oficiales Administrativos III 23° 6
Oficiales Administrativos III 24° 8
Oficiales Administrativos IV 25° 1
CHOFERES
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Chofer I 20° 5
Chofer I 21° 3
Auxiliares
----------
Auxiliares I 21° 7
Auxiliares I 22° 8
Auxiliares II 23° 4
Auxiliares II 25° 2
Auxiliares II 27° 1
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ADECUACION SEGUN ARTICULO
5° LEY N° 18.834.
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PLANTA / CARGOS GRADO N°
E.U.S. CARGOS
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AUTORIDAD DE GOBIERNO
---------------------
Ministro B 1
Subsecretario C 1
Secretarios Regionales 4° 13
Ministeriales
Jefe de División de 5° 1
Administración y ----
Secretaría General. 14
DIRECTIVOS
----------
Jefe de Sección 6° 1
Directivos 11° 3
Directivo 12° 1
---
5
PROFESIONALES
-------------
Profesionales 4° 2
Profesionales 5° 2
Profesionales 6° 8
Profesionales 7° 3
Profesionales 8° 3
Profesionales 9° 4
Profesionales 10° 12
Profesionales 11° 3
Profesionales 12° 18
Profesionales 13° 6
Profesionales 14° 10
Profesionales 15° 2
Profesional 18° 1
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74
ADMINISTRATIVOS
---------------
Administrativos 14° 11
Administrativos 15° 14
Administrativos 16° 12
Administrativos 17° 10
Administrativos 18° 14
Administrativos 19° 11
Administrativos 20° 10
Administrativos 21° 10
Administrativo 22° 1
Administrativos 23° 6
Administrativos 24° 8
Administrativo 25° 1
-----
108
AUXILIARES
----------
Auxiliares 20° 5
Auxiliares 21° 10
Auxiliares 22° 8
Auxiliares 23° 4
Auxiliares 25° 2
Auxiliar 27° 1
Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican:
1.- Planta de Directivos:
Jefe de Sección Grado 6°
Título profesional de una carrera de a lo menos 8 semestres de duración otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, y experiencia profesional de a lo menos 3 años en la Administración del Estado.
Directivos Grado 11° y 12°: Alternativamente
a) Título de una carrera de a lo menos 6 semestres de duración, otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste y desempeño de a lo menos 1 año en la Administración del Estado en cargos de la planta de profesionales, o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrar esta planta.
b) Desempeño de a lo menos 10 años en la Administración del Estado, en cargos de la Planta Administrativa o en cargos que hubieren pertenecido a los escalafones que pasaron a integrarla, 1 de los cuales debe ser en cargo tope de esta planta, más un curso de Gestión Directiva de a lo menos 90 horas.
2.- Planta de Profesionales:
Grado 4° y 5°: Alternativamente
a) Título profesional de Ingeniero Civil o Ingeniero Comercial o Arquitecto.
b) Título profesional otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, y un curso de Análisis de Sistemas.
Grado 6°
- 7 cargos requerirán título profesional de Ingeniero Civil, Ingeniero Comercial, Arquitecto, Administrador Público, Contador Auditor o que cumpla los requisitos señalados en la letra b) precedente, indistintamente.
- 1 cargo requerirá título profesional de Abogado.
Grado 7°: Alternativamente
a) Título Profesional de Ingeniero Civil o Ingeniero Comercial o Arquitecto o Administrador Público o Contador Auditor.
b) Título profesional otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, y curso de Análisis de Sistemas.
Grado 8°: Alternativamente
a) Título profesional de Ingeniero Civil, Ingeniero Comercial, Arquitecto, Administrador Público, Contador Auditor, Constructor Civil o Ingeniero de Ejecución, indistintamente;
pudiendo además un solo cargo de este grado ser provisto con un profesional con título de Asistente Social.
b) Título profesional otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, y curso de Análisis de Sistemas.
Grado 9°: Alternativamente
a) Título profesional de Ingeniero Civil o Ingeniero Comercial o Arquitecto o Administrador Público o Contador Auditor o Constructor Civil o Ingeniero de Ejecución o Asistente Social.
b) Título profesional otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, y curso de Análisis de Sistemas.
Grado 10°
- 6 cargos requerirán título profesional de Ingeniero Civil, Ingeniero Comercial, Arquitecto, Administrador Público, Contador Auditor o que cumpla los requisitos señalados en la letra b) precedente, indistintamente.
- 2 cargos requerirán título profesional de Constructor Civil o Ingeniero de Ejecución.
- 4 cargos requerirán título profesional de Asistente Social o Periodista.
Grado 11°
- 1 cargo requerirá título profesional de Ingeniero Civil, Ingeniero Comercial, Arquitecto, Administrador Público, Contador Auditor o que cumpla los requisitos señalados en la letra b) precedente, indistintamente.
- 2 cargos requerirán título profesional de Constructor Civil o Ingeniero de Ejecución o Asistente Social o Periodista.
Grado 12° y 13°
Título profesional de Constructor Civil o Ingeniero de Ejecución o Asistente Social o Periodista.
Grado 14°
Título profesional de Constructor Civil o Ingeniero de Ejecución o Asistente Social o Periodista, u otro título profesional otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, que no sea de los establecidos en los grados anteriores.
Grado 15°
- 1 cargo requerirá título profesional de Constructor Civil, Ingeniero de Ejecución, Asistente Social o Periodista, indistintamente, y 1, otro título profesional otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, que no sea de los establecidos en los grados anteriores.
Grado 18°
Título profesional otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, que no sea de los establecidos en los grados anteriores.
3.- Planta de Administrativos:
Licencia de Educación Media o equivalente.
4.- Planta de Auxiliares:
Haber aprobado la Enseñanza Básica.
Estar en posesión de Licencia para conducir, cuando corresponda.
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Carlos Hurtado Ruiz-Tagle, Ministro de Obras Públicas.- Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Juan Enrique Miquel Muñoz, Subsecretario de Obras Públicas.
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA División Jurídica Cursa con alcance DFL. N° 78, de 1990, del Ministerio de Obras Públicas
N° 11.017.- Santiago, 10 de Abril de 1990.
Mediante el documento del rubro se modifica el DFL.
N° 33, de 1990, del Ministerio de Obras Públicas, que adecua la planta y escalafones del personal de la Subsecretaría de Obras Públicas, ambos dictados por el Presidente de la República en virtud de la facultad que otorga el artículo 1° transitorio de la Ley N° 18.834.
Esta Contraloría General ha tomado razón del instrumento del epígrafe pero cumple con hacer presente que su texto debe entenderse complementado con las normas sobre transformación de cargos previstas en el artículo 34 de la Ley N° 18.827.
Además, este Organismo Contralor entiende, tal como ya lo expresara en su oficio N° 8.155, del presente año, que los cargos de Secretarios Regionales Ministeriales y de Jefe de División de Administración y Secretaría General, de exclusiva confianza, forman parte de la planta de Directivos.
Dios guarde a US.- Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General de la República.
Al señor Ministro de Obras Públicas Presente.