Artículo 5°.- El Ministerio del Trabajo y Previsión Social designará a un interventor de las Cajas fusionadas, quien tendrá como función principal organizar la Caja. Si la designación recayere en algún funcionario de las Cajas fusionadas, el interventor no tendrá derecho a percibir mayor remuneración por el desempeño de esta función:
Durante el período de intervención, los funcionarios de las Cajas fusionadas, inclusive sus administradores, directores o gerentes quedarán subordinados al interventor.
En el ejercicio de su cargo, el interventor podrá asumir una o más de las atribuciones y funciones de los administradores, directores o gerentes de las Cajas fusionadas y una o más de las facultades que procedan, de aquellas que el artículo 5° otorga al Director Ejecutivo, en especial, la que se contiene en la letra j) de dicho artículo, y deberá designar, anticipadamente, a las personas que serán trabajadores de la Caja a contar de la fecha de la fusión, con excepción del Director Ejecutivo, del Subdirector y del Fiscal. Para tales designaciones deberá considerar, preferentemente a los actuales funcionarios de las Cajas fusionadas.
El interventor podrá disponer el traslado de funcionarios de una a otra de las Cajas fusionadas y comisionar a uno o más de ellos en funciones destinadas a la organización e instalación de la Caja.
Estos funcionarios no tendrán derecho a mayor remuneración por el desempeño de estos cometidos.
Los gastos que irrogue la organización e instalación de la Caja con anterioridad a la fecha de la fusión se imputarán a los recursos generales de la Caja de Previsión Social de los Profesionales Hípicos de los Hipódromos Centrales.
La Superitendencia se pronunciará sobre las resoluciones que dicte el interventor en ejercicio de sus funciones, en los términos del artículo 6° de este decreto con fuerza de ley.
Al término de sus funciones, el interventor deberá presentar a la Superintendencia un informe circunstanciado de su gestión, sin perjuicio de lo que dicha institución pueda solicitarle cuando lo estime conveniente.