Artículo 1.o Trasládanse las siguientes plazas de los servicios de educción pública, que se mencionan, a la Sección Bienestar Social del Ministerio de Educación Pública, ítem 07-01-01), en donde pasarán a constituir el Servicio Social de Educación Pública, bajo la inmediata dirección del Jefe de dicha Sección y con la denominación común de Asistentes Sociales:
    DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION PRIMARIA
ITEM: 07-02-01).
  Profesora de la Escuela Experimental de
    Cultura Popular "Pedro Aguirre Cerda",
    grado 15.o, con renta anual de__________$  84.000.-
  Profesora de la Escuela Especial de
    Adultos N.o 32 de Santiago, grado 11.o,
    con renta anual base de_________________  93.150.-
  Directora de la Escuela de 2.a clase, N.o
    84, de Valparaíso, destacada en la
    Inspección Provincial, grado 12.o, con
    renta anual base, de____________________  89.700.-
  2 Profesoras grado 15.o, con renta anual
    base, de________________________________  84.000.-
  Profesora de la Escuela Especial de
    Desarrollo, grado 15.o, con renta anual
    base, de________________________________  84.000.-
  Profesora de la Escuela Especial de
    Desarrollo, grado 15.o, con renta anual
    base, de _______________________________  84.000.-
    DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION SECUNDARIA
ITEM: 07-03-01).
  3 Visitadoras Sociales para los Liceos de
    Santiago, grado 10.o, con renta anual
    base, de________________________________$  96.600.-
  3 Asistentes Sociales de la Dirección
    General, grado 12.o, con renta anual
    base de_________________________________  89.700.-
    DE LOS SERVICIOS DE ENSEÑANZA PROFESIONAL
ITEM: 07-04-01).
  10 Asistentes Sociales del Estado, grado
    10.o, renta anual base de_______________$  96.600.-
    SECRETARIA Y ADMINISTRACION GENERAL
ITEM: 07-01-01).
  1 Asistente Social de la Sección
    Orientación Profesional, grado 10.o,
    con renta anual base de_________________$  96.600.-
  1 Asistente Social de la Sección
    Bienestar Social, grado 10.o, con renta
    anual base, de__________________________  96.600.-