Artículo 1.o Trasládanse las siguientes plazas de los servicios de educción pública, que se mencionan, a la Sección Bienestar Social del Ministerio de Educación Pública, ítem 07-01-01), en donde pasarán a constituir el Servicio Social de Educación Pública, bajo la inmediata dirección del Jefe de dicha Sección y con la denominación común de Asistentes Sociales:
DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION PRIMARIA
ITEM: 07-02-01).
Profesora de la Escuela Experimental de
Cultura Popular "Pedro Aguirre Cerda",
grado 15.o, con renta anual de__________$ 84.000.-
Profesora de la Escuela Especial de
Adultos N.o 32 de Santiago, grado 11.o,
con renta anual base de_________________ 93.150.-
Directora de la Escuela de 2.a clase, N.o
84, de Valparaíso, destacada en la
Inspección Provincial, grado 12.o, con
renta anual base, de____________________ 89.700.-
2 Profesoras grado 15.o, con renta anual
base, de________________________________ 84.000.-
Profesora de la Escuela Especial de
Desarrollo, grado 15.o, con renta anual
base, de________________________________ 84.000.-
Profesora de la Escuela Especial de
Desarrollo, grado 15.o, con renta anual
base, de _______________________________ 84.000.-
DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION SECUNDARIA
ITEM: 07-03-01).
3 Visitadoras Sociales para los Liceos de
Santiago, grado 10.o, con renta anual
base, de________________________________$ 96.600.-
3 Asistentes Sociales de la Dirección
General, grado 12.o, con renta anual
base de_________________________________ 89.700.-
DE LOS SERVICIOS DE ENSEÑANZA PROFESIONAL
ITEM: 07-04-01).
10 Asistentes Sociales del Estado, grado
10.o, renta anual base de_______________$ 96.600.-
SECRETARIA Y ADMINISTRACION GENERAL
ITEM: 07-01-01).
1 Asistente Social de la Sección
Orientación Profesional, grado 10.o,
con renta anual base de_________________$ 96.600.-
1 Asistente Social de la Sección
Bienestar Social, grado 10.o, con renta
anual base, de__________________________ 96.600.-