FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA LA MUNICIPALIDAD DE MACHALI
D.F.L. N° 100.- Santiago, 20 de Agosto de 1981.- Vistos: Lo dispuesto en el N° 3 del artículo 32° de la Constitucion Política del Estado, y la facultad que me confiere el artículo 27° del decreto ley N° 3.551, de 1981, y
Teniendo presente: La proposición del Alcalde de la Municipalidad de Machalí,
vengo en dictar el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°.- Fíjase a contar del 1° de Enero de 1981, la siguiente planta de personal para la Municipalidad de Machalí:
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Escalafón Cargo Grado N° Cargos
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Alcalde Alcalde 5° 1
Directivos Juez de Policía
Local 6° 1
Secretario
Municipal 7° 1
Directivo I 9° 1
Directivo II 10° 2
Profesionales Profesional Ley N° 11
15.076 Hrs./s.
Jefaturas Jefatura I 11° 4
Especializados Especializado I 14° 1
Especializados II 15° 2
Administrativos Administrativos I 13° 3
Administrativos II 14° 5
Administrativo III 15° 1
Mayordomos Mayordomo I 16° 1
Auxiliares Auxiliares I 16° 14
Auxiliares II 17° 6
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43
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Artículo 2°.- La dotación máxima de la Municipalidad de Machalí será de 43 cargos y 11 horas semanales ley N° 15.076.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.