Artículo 14°- Corresponde a la División de Adminstración Interna en general el manejo operativo interno del Servicio y principalmente:
a) Control de Presupuesto y Contabilidad;
b) Adquisiciones;
c) Dirección del personal auxiliar;
d) Mantención del registro del personal;
e) Registro y Control de la documentación del Servicio;
f) Mantenimiento de su archivo general;
g) Efectuar los pagos de sueldos, honorarios y demás gastos para el funcionamiento de la Superintendencia.
El Jefe de esta División tendrá el carácter de Secretario del Servicio y tendrá la calidad de Ministro de Fe en aquellas actuaciones que digan relación con transacciones y otorgamiento de certificados y copias de documentos oficiales emanados de la Superintendencia, y en los casos que así lo dispongan las leyes y reglamentos.