Artículo 14°- Corresponde a la División de Adminstración Interna en general el manejo operativo interno del Servicio y principalmente:
    a) Control de Presupuesto y Contabilidad;
    b) Adquisiciones;
    c) Dirección del personal auxiliar;
    d) Mantención del registro del personal;
    e) Registro y Control de la documentación del Servicio;
    f) Mantenimiento de su archivo general;
    g) Efectuar los pagos de sueldos, honorarios y demás gastos para el funcionamiento de la Superintendencia.
    El Jefe de esta División tendrá el carácter de Secretario del Servicio y tendrá la calidad de Ministro de Fe en aquellas actuaciones que digan relación con transacciones y otorgamiento de certificados y copias de documentos oficiales emanados de la Superintendencia, y en los casos que así lo dispongan las leyes y reglamentos.