Artículo .... Facúltase al Presidente de laDFL 4 1970
MIN HDA
ART 1 CUARTA República para encasillar en las nuevas Plantas a las personas que se encontraban en servicio al 31 de diciembre de 1969 en algún cargo de planta, aun cuando no reúnan los requisitos exigidos para desempeñar los cargos en que sean encasillados. Dichos empleados gozarán en su carrera funcionaria de todos los derechos que concede el decreto con fuerza de ley 338, de 1960.
MIN HDA
ART 1 CUARTA República para encasillar en las nuevas Plantas a las personas que se encontraban en servicio al 31 de diciembre de 1969 en algún cargo de planta, aun cuando no reúnan los requisitos exigidos para desempeñar los cargos en que sean encasillados. Dichos empleados gozarán en su carrera funcionaria de todos los derechos que concede el decreto con fuerza de ley 338, de 1960.
El ejercicio de esta facultad no podrá significar eliminación de personal en actual servicio y el encasillamiento regirá a contar desde el 1° de enero de 1970.
Facúltasele, asimismo, para encasillar al personal que haya ingresado a las plantas del servicio con posterioridad al 31 de diciembre de 1969, encasillamiento éste que regirá a contar desde la fecha de ingreso de este personal.