Artículo 88.o Para ascender a General de Brigada de Sanidad se requiere:
a) Haber servido cinco años, a lo menos, en el grado de Coronel de Sanidad;
b) Haber sido aprobado en el Curso de Alto Comando en la Academia de Defensa Nacional; y
c) Haber sido clasificado en Lista 1 durante todo el tiempo servido en el grado de Coronel de Sanidad.