CAPITULO II {Arts. 248-260} Juntas Calificadoras Artículo 248.o La Junta Calificadora de Oficiales del Ejército estará constituida por:
    -El Comandante en Jefe;
    -Los Generales de Armas;
    -Los Comandante de División;
    -El Jefe del Estado Mayor del Ejército;
    -El Director de los Servicios;
    -El Director de Ingeniería Militar;
    -El Director del Personal, y
    -El Jefe del Escalafón o Servicio, cuando se trate
de Calificaciones de Oficiales de su Escalafón o
Servicio.