CAPITULO II {Arts. 248-260} Juntas Calificadoras Artículo 248.o La Junta Calificadora de Oficiales del Ejército estará constituida por:
-El Comandante en Jefe;
-Los Generales de Armas;
-Los Comandante de División;
-El Jefe del Estado Mayor del Ejército;
-El Director de los Servicios;
-El Director de Ingeniería Militar;
-El Director del Personal, y
-El Jefe del Escalafón o Servicio, cuando se trate
de Calificaciones de Oficiales de su Escalafón o
Servicio.