Núm. 131.- Santiago, 30 de Abril de 1931.- En uso de las facultades que me confiere la ley número 4,945, de 6 de Febrero de 1931,
Decreto:
Rebájase de $ 36,000 a 30,000 anuales, el sueldo del secretario-abogado de la Dirección General de Impuestos Internos, que consulta 06|04|01, del Presupuesto vigente.
Suprímese, en el mismo ítem, un cargo de abogado de sección, con $ 24,000 de sueldo anual.
Créase, con cargo a las economías anteriores, una nueva plaza de inspector de servicio de 2.a clase, en 03|01|01. ( Contraloría General de la República).
Suprímese, en 07|07|01, del Presupuesto vigente, el cargo de contador de la Dirección General de Educación Física, con renta de $ 21,000 anuales.
Créase, con cargo a la supresión anterior, una nueva plaza de abogado del Consejo de Defensa Fiscal, en 03|03|01, del Presupuesto vigente, debiendo deducirse la diferencia, para completar el sueldo anual de $ 36,000, que tiene el cargo de 07/07/04/v/5, del presupuesto vigente, (Dirección General de Educación Física, Imprevistos).
Rijan los cambios ordenados a contar desde el 1.o de Mayo del año en curso, debiendo ser consultados en esta forma para el Presupuesto de 1932.
Anótese, refréndese, tómese razón, regístrese, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletín de las Leyes y Decretos del Gobierno.- C. IBAÑEZ C.- Carlos Castro Ruiz.- A. Planet.