Artículo 1.o Declárase en reorganización, en los términos del artículo 202 de la ley N.o 13.305, la Secretaría y Administración General y el Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores. En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en la letra b) del artículo 4.o, del decreto con fuerza de ley N.o 256, de 1953, el personal de dichos Servicios quedará en calidad de interino.