Artículo 25°- El Decano será nombrado por la Junta Directiva a proposición del Rector. El Rector para la proposición del Decano, tomará en consideración la lista de candidatos propuesta por el Comité, sin perjuicio de otros candidatos que él estime prudente también considerar. Cualquier miembro de la Facultad tendrá el derecho de comunicar sus preferencias y objeciones relativas a los candidatos directamente al Rector, Vice-Rector Académico o a los miembros del Comité.