Artículo 37 .- Las instituciones que intervengan en(DL 307/74
ART 37°
INC. 1°)
DL 3501/80
ART 8°
INC FINAL
la administración y/o pago de los beneficios establecidos en el presente Título que tengan consultadas en el Programa partidas a su favor, girarán directamente con cargo a la cuenta del Fondo las cantidades que sean necesarias para financiar, en la parte que corresponda, los gastos que origine su participación en el Sistema.