Título VI.- ORGANIZACION Y ATRIBUCIONES DE LOS
CUERPOS COLEGIADOS DE LA UNIVERSIDAD {ARTS. 35-41}
    De los Cuerpos Colegiados de la Universidad. {ART.
35}
    Artículo 35°.- Los Cuerpos Colegiados de la Universidad serán, además de la Junta Directiva, el Consejo Académico, los Consejos de Facultades y los Consejos de Departamentos.