Artículo 17°.- Es el funcionario superior, jefe de la Contraloría de la Universidad de Talca, órgano encargado de ejercer el control de legalidad de los actos de las autoridades de la corporación, fiscalizar el ingreso y uso de sus fondos, examinar las cuentas de las personas que tengan a su cargo bienes de la misma y velar por el correcto desempeño de los funcionarios de la Universidad y en general, desempeñar las demás funciones que se señalan en la ordenanza dictada por la Junta Directiva.