Artículo primero transitorio.- La Empresa Nacional de Fundiciones, que a partir de la fecha de vigencia del presente decreto con fuerza de ley se denominará "Empresa Nacional de Minería", será la continuadora legal de la Caja de Crédito y Fomento Minero, se hará cargo de su activo y pasivo y la sucederá ininterrumpidamente, en todos sus derechos y obligaciones. Por lo tanto, desde la fecha de vigencia del presente decreto con fuerza de ley, pasarán de pleno derecho al dominio exclusivo de la Empresa, todos los bienes raíces y muebles pertenecientes a la Caja de Crédito y Fomento Minero, incluyendo todos sus valores mobiliarios, créditos, derechos, acciones, garantías y privilegios de cualquier naturaleza.
Las inscripciones de dominio, prendas, hipotecas, usufructos, prohibiciones de gravar y enajenar, servidumbres activas y cualesquiera inscripciones, subinscripciones y anotaciones que estuvieren registradas en los Conservadores de Bienes Raíces o en otros Registros especiales del país a nombre de las instituciones fusionadas, se entenderán vigentes sin necesidad de nuevas inscripciones, subinscripciones o anotaciones a favor de la Empresa, la que podrá reclamar y hacer valer todos los derechos que de ellas emanen.
Los Conservadores de Bienes Raíces y los demás funcionarios encargados de los Registros a que se refiere el inciso anterior, practicarán las nuevas inscripciones, subinscripciones y demás anotaciones que procedan, a nombre de la Empresa Nacional de Minería, a simple requerimiento del Gerente de ella.
Todos los juicios, gestiones o negocios que estuvieren pendientes al entrar en vigencia este decreto con fuerza de ley, y en que fueren parte o tuvieren interés cualesquiera de las instituciones fusionadas, continuarán con la Empresa Nacional de Minería.
Todos los mandatos o delegaciones conferidos por cualesquiera de las entidades fusionadas, quedarán vigentes y habilitarán a los respectivos mandatarios o delegados para seguir actuando en representación de la Empresa Nacional de Minería, en los mismos términos en que lo hacían respecto de dichas instituciones.