Párrafo 4ºDFL 1, EDUCACION
Art. único Nº 18
D.O. 10.03.2006
Art. único Nº 18
D.O. 10.03.2006
Del Pro Rector de la Universidad de Chile
(ARTS. 14-17)
ARTICULO 14° El Pro Rector es el Ministro de Fe de la Universidad de Chile y el subrogante legal del Rector para todos los efectos.
Corresponde al Pro Rector ejercer la asesoría integral del Rector y la coordinación de la gestión administrativa y financiera de la Universidad, además de aquellas funciones y atribuciones que el Rector le delegue.