PÁRRAFO 5°DFL 1, EDUCACION
Art. único Nº 19
D.O. 10.03.2006

      DEL CONTRALOR DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE
    ARTICULO 18° El Contralor de la Universidad de Chile ejercerá el control de la legalidad de los actos de las Autoridades de la Universidad, fiscalizará el ingreso y uso de sus fondos y desempeñará las demás funciones que se señalen en un Reglamento Orgánico de la ContraloríDFL 1, EDUCACION
Art. único Nº 20 a)
D.O. 10.03.2006
a Interna y demás normas aplicables, sin perjuicio de las facultades que conforme a las leyes le correspondan a la Contraloría General de la República.