ARTICULO 33° Un Reglamento de funcionamiento del Consejo de Facultad fijará sus funciones y atribuciones debiendo considerar necesariamente las siguientes:
a) Proponer al Rector, a través del Decano, los planes de Estudio de la Facultad, con su respectiva reglamentación;
b) Proponer al Rector, a través del Decano, el nombramiento de los Profesores de Facultad, conforme a reglamentación; y
c) Proponer al Rector, a través del Decano, todas las iniciativas que estime de utilidad para la Facultad.