TITULO VIIDFL 1, EDUCACION
Art. único Nº 45
D.O. 10.03.2006
Art. único Nº 45
D.O. 10.03.2006
Disposiciones Varias (ARTS. 48-57)
ARTICULO 48° Los recursos que integran el patrimonio de la Universidad de Chile serán administrados por ésta con plena autonomía, pudiendo celebrar a su respecto todo tipo de actos y contratos.