FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA LA MUNICIPALIDAD DE VILLARRICA
D.F.L. N° 156.- Santiago, 16 de Septiembre de 1981.- Visto: Lo dispuesto en el N° 3, del artículo 32°, de la Constitución Política del Estado; la facultad que me confiere el artículo 27°, del decreto ley N° 3.551, de 1981, y la proposición del Alcalde de la Municipalidad de Villarrica
dicto el siguiente Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°- A contar del 1° de Enero de 1981, la planta del personal de la Municipalidad de Villarrica, será la siguiente:
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Escalafón Cargo Grado N° Cargos
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Alcalde Alcalde 5° 1
Directivos Juez de Policía Local 6° 1
Secretario Municipal 10° 1
Profesionales Profesional I 11° 1
Profesional II 12° 1
Profesional Ley N° 11
15.076 Hrs./s.
Jefaturas Jefaturas I 12° 2
Administrativos Administrativos I 13° 3
Mayordomos Mayordomos I 16° 1
Auxiliares Auxiliares I 17° 5
Auxiliares II 19° 17
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33
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Artículo 2°- La dotación máxima de personal de la Municipalidad de Villarrica será de 33 cargos y 11 horas semanales, ley N° 15.076.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.