Tercera: Los reglamentos que se dicten y los acuerdos que adopten los cuerpos colegiados, en conformidad a las normas establecidas en este Estatuto regirán desde la fecha que los mismos reglamentos o acuerdos señalen.
    2. En ningún caso, tales reglamentos o acuerdos podrán alterar el desarrollo de las labores de la Universidad durante el año académico de 1982.