Artículo 34°.- 1. La Universidad de La Serena reconoce a sus miembros académicos, tanto en el ejercicio de la docencia como en la investigación y la extensión, el derecho de la libertad académica. Por consiguiente, los académicos podrán, dentro de los términos consagrados en la legislación universitaria chilena, enseñar a buscar la verdad, conforme a los cánones de la razón y a los métodos de la ciencia.
    2. La autonomía y la libertad académica no autoriza a la Universidad para amparar o fomentar acciones o conductas incompatibles con el orden jurídico, ni para permitir actividades orientadas a propagar, directa o indirectamente, tendencia político-partidista alguna.