TITULO III {Arts. 10-17}
DE LOS FUNCIONARIOS SUPERIORES DEL INSTITUTO
Del Rector {Art. 10}
Art. 10°.- 1. El Rector es el funcionario superior ejecutivo del Instituto. En lo académico y en lo administrativo, tendrá las facultades que el Estatuto le confiere.
2. El Rector será nombrado por el Presidente de la República de entre una terna que le propondrá la Junta Directiva y durará cuatro años en su cargo y podrá ser propuesto y nombrado nuevamente por una sola vez.
Son atribuciones y y funciones del Rector:
(a) adoptar las medidas conducentes a dirigir y administrar la Corporación, tales como supervisar las actividades académicas, administrativas, financieras y coordinar las funciones de enseñanza, investigación y extensión que realice el Instituto;
b) dictar los reglamentos, decretos, resoluciones de su competencia;
(c) nombrar el personal académico y administrativo del Instituto;
(d) fijar la cuota anual de ingresos de estudiantes, previo informe del Consejo Académico;
(e) aprobar las plantas de personal, sus modificaciones y las normas con arreglo a las cuales se fijarán las remuneraciones;
(f) ejercer la potestad disciplinaria respecto de los funcionarios académicos y administrativos y de los estudiantes del Instituto;
g) aprobar los aranceles y derecho de matrícula;
(h) proponer a la Junta Directiva la designación de profesores eméritos, miembros honorarios u otras distinciones, y la creación, modificación o supresión de diplomas y certificados y los títulos que correspondan;
(i) proponer a la Junta Directiva el nombramiento de los funcionarios superiores contemplados en este título. La remoción de estos funcionarios será facultad del Rector;
j) proponer el presupuesto anual del Instituto a la Junta Directiva;
k) administrar los bienes de la Corporación, sin perjuicio de las atribuciones de la Junta directiva; y l) ejecutar todos los acuerdos de la Junta Directiva y promulgar sus ordenanzas y las decisiones que proceda.
4. El Rector es el medio oficial de comunicación entre la Junta Directiva y las diferentes instancias y organismos del Instituto.