TITULO X {Arts. 37-39}
    DE OTRAS DISPOSICIONES
    Del Patrimonio {Arts. 38-39}
    Art. 39°.- El Instituto gozará de la exención de cualquier impuesto, contribución, derecho, tasa, tarifa, patente y otras cargas y tributos de los cuales esté exenta la Universidad de Chile a la fecha de publicación del presente decreto con fuerza de ley.