Artículo 3.o Durante el presente año los emolumentos de los citados servidores seguirán pagándose por el Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina. A contar desde el 1.o de Enero de 1954, estos cargos serán dados de baja del Presupuesto Subsecretaría de Marina, e incluídos en el Presupuesto de Hacienda, Planta Suplementaria.