ARTICULO 26° A la Dirección de Política Exterior le corresponden las funciones de estudio, coordinación, ejecución, control e información de las actividades diplomáticas de Chile en el Exterior, de carácter político, que deben realizar las misiones Diplomáticas de acuerdo con las directivas correspondientes.
Asimismo, colaborará con el Ministro y el SubsecretarioLEY 18768
Art. 102,j) en las relaciones con las Misiones Diplomáticas extranjeras y organismos internacionales acreditados en el país.
Art. 102,j) en las relaciones con las Misiones Diplomáticas extranjeras y organismos internacionales acreditados en el país.