Artículo 32°.- A la Dirección de Asuntos Culturales y de Información le corresponde colaborar en la formulación de la política exterior de Chile en materias culturales, la coordinación y ejecución de dicha política y colaborar para que la acción que otros países desarrollan en Chile en los aspectos señalados sea utilizada adecuadamente.
    Le compete, asimismo, mantener informadas a las Misiones Diplomáticas y Representaciones Consulares de Chile, sobre el acontecer nacional y elaborar material de apoyo para la acción de difusión en el exterior de la realidad chilena.
    La Dirección de Asuntos Culturales y de Información, estará a cargo de un Director que será de exclusiva confianza del Presidente de la República.