Artículo 41°.- Al Departamento de Servicios y Documentación compete prestar los servicios generales que requiere el Ministerio para su funcionamiento, registrar, distribuir y archivar la documentación del Ministerio; elaborar las Cartas de Servicio y las Memorias Anuales de esta Secretaría de Estado, y tramitar, registrar y archivar Tratados, Convenios y Acuerdos Internacionales.