Art. 24°.- 1. Los Departamentos son las Unidades básicas de la estructura académica del Instituto, encargados de proyectar, orientar, organizar, realizar y evaluar la docencia, la investigación científica y tecnológica, la creación artística y la extensión que el Instituto haya situado dentro del ámbito de su responsabilidad.
    2. La docencia que imparta se proyectará a todas las carreras que requieran sus servicios y no corresponderá a un área de especialización conducente a títulos profesionales.