Del Fiscal {Art. 15}
    Artículo 15°.- El Fiscal es el funcionario superior responsable de:
    (a) asesorar al Rector, Director General de Finanzas y Director General de Administración en asuntos de su competencia;
    (b) instruir los sumarios e investigaciones que el Rector determine;
    (c) asumir la defensa del Instituto en asuntos judiciales o extrajudiciales; y
    (d) cumplir las demás tareas que el Rector le encomiende.