Del Fiscal {Art. 15}
Artículo 15°.- El Fiscal es el funcionario superior responsable de:
(a) asesorar al Rector, Director General de Finanzas y Director General de Administración en asuntos de su competencia;
(b) instruir los sumarios e investigaciones que el Rector determine;
(c) asumir la defensa del Instituto en asuntos judiciales o extrajudiciales; y
(d) cumplir las demás tareas que el Rector le encomiende.