SUSTITUYE ESCALAFONES QUE INDICA EN LA PLANTA DE PERSONAL QUE SEÑALA
D.F.L. N° 181.- Santiago, 2 de Octubre de 1981.- Vistos: lo establecido en el N° 3 del artículo 32° de la Constitución Política del Estado; la facultad que me otorga el inciso segundo del artículo 34° del decreto ley N° 3551, de 1981, modificado por los decretos leyes números 3628 y 3650, ambos de 1981, y el artículo 35° del primero de los DL. mencionados, y
Teniendo presente: Las modificaciones introducidas por el DFL. N° 11/3551, de 1981, al DFL N° 90, de Hacienda, de 1977 y lo dispuesto en el decreto supremo de Hacienda N° 90, de 3 de Febrero de 1981,
dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°- Sustitúyen, a contar del 1° de Enero de 1981, los escalafones de Oficiales Administrativos y Auxiliares de la Planta del Parque Metropolitano de Santiago, por los siguientes:
OFICIALES ADMINISTRATIVOS (47)
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Gr. 14° E.U.S. Nivel I ( 2)
Gr. 15° E.U.S. Nivel I ( 3)
Gr. 16° E.U.S. Nivel II ( 4)
Gr. 17° E.U.S. Nivel II ( 5)
Gr. 18° E.U.S. Nivel II ( 6)
Gr. 19° E.U.S. Nivel II ( 4)
Gr. 20° E.U.S. Nivel III ( 4)
Gr. 21° E.U.S. Nivel III ( 4)
Gr. 22° E.U.S. Nivel III ( 4)
Gr. 23° E.U.S. Nivel III ( 4)
Gr. 24° E.U.S. Nivel III ( 3)
Gr. 25° E.U.S. Nivel IV ( 2)
Gr. 26° E.U.S. Nivel IV ( 1)
Gr. 28° E.U.S. Nivel IV ( 1)
AUXILIARES (148)
Gr. 21° E.U.S. Nivel I ( 7)
Gr. 22° E.U.S. Nivel I (12)
Gr. 23° E.U.S. Nivel II (14)
Gr. 24° E.U.S. Nivel II (17)
Gr. 25° E.U.S. Nivel II (21)
Gr. 26° E.U.S. Nivel II (23)
Gr. 27° E.U.S. Nivel II (24)
Gr. 28° E.U.S. Nivel III (26)
Gr. 29° E.U.S. Nivel III ( 3)
Gr. 31° E.U.S. Nivel III ( 1)
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Artículo 2°- Se suprimen: cuatro cargos de Auxiliar grado 27° E.U.S.; cuatro cargos de Auxiliar grado 28° E.U.S.; veintidós cargos de Auxiliar grado 29.o E.U.S.; un cargo de Auxiliar grado 30° E.U.S.; veintitrés cargos de Auxiliar grado 31° E.U.S.
Artículo 3°- El encasillamiento del personal se hará en forma discrecional por el Ministro de Vivienda y Urbanismo, sin sujeción al Escalafón vigente del Servicio, ni a los requisitos exigidos por el DFL. de Hacienda N° 90, de 1977 y sus modificaciones posteriores.
Artículo 4°- Cárguese el mayor gasto que signifique la aplicación de este decreto con fuerza de ley, al Subtítulo 18-22-02-21, del Presupuesto vigente.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Ministro de Hacienda subrogrante.- Jaime Estrada Leigh, General de Brigada, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.