Artículo 4.o La Dirección Nacional de Agricultura estará encargada de desarrollar la política de fomento y racionalización agrícola y contará con los siguientes Departamentos y Servicios:

1) Coordinación General;
2) Departamento de Economía Agraria;
3) Departamento de Conservación de Recursos Agrícolas;
4) Departamento de Ganadería;
5) Departamento de Investigaciones Agrícolas;
6) Departamento de Extensión Agrícola;
7) Departamento de Vitivinicultura y Fruticultura;
8) Departamento de Defensa Agrícola;
9) Departamento de Capacitación Agrícola;
10) Biblioteca Central;
11) Inspección de Contabilidad;
12) Servicios Administrativos, y
13) Asesoría Jurídica.