FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA LA MUNICIPALIDAD DE YUMBEL
D.F.L. Nº 197.- Santiago, 6 de Octubre de 1981.- Vistos: lo dispuesto en el Nº 3, del artículo 32º, de la Constitución Política del Estado, la facultad que me confiere el artículo 27º, del D.L. Nº 3.551 de 1981 y la proposición del Alcalde de la Municipalidad de Yumbel, dicto el siguiente
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1º.- A contar del 1º de Enero de 1981 la planta de personal de la Municipalidad de Yumbel será la siguiente:
Escalafón Cargo Grado Nº Cargos
Alcaldes Alcalde 6º 1
Directivos Juez de Policía
Local 7º 1
Secretario
Municipal 8º 1
Directivos I 9º 2
Profesiona-
les Profesional Ley Nº
15.076 11 Hrs./s.
Jefaturas Jefaturas I 11º 1
Jefaturas II 12º 2
Especiali- Especializados
zados I 14º 1
Administra- Administrativos
tivos I 12º 1
Administrativos
II 14º 3
Administrativos
III 16º 2
Administrativos
IV 17º 1
Mayordomos Mayordomo I 16º 1
Auxiliares Auxiliares I 17º 8
Auxiliares II 18º 6
Auxiliares III 19º 2
33
Artículo 2º.- La dotación máxima de personal de la Municipalidad de Yumbel será de 33 cargos y 11 horas semanales.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.