Artículo 3º.- La provisión de los cargos de carrera de la planta de Directivos que se asignen a la Dirección del Servicio de Salud Araucanía Norte, en su primera oportunidad se efectuará mediante concurso público de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 15º y 16º de la Ley Nº 18.834 y en el artículo 2º de la Ley Nº 19.198 cuando corresponda.