FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LA COSTA
D.F.L. N° 210.- Santiago, 7 de Octubre de 1981.- Visto: lo dispuesto en el N° 3 del artículo 32°, de la Constitución Política del Estado; la facultad que me confiere el artículo 27° del decreto ley N°3.551, de 1981, y la proposición del Alcalde de la Municipalidad de San Juan de la Costa,
dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°.- A contar del 1° de Enero de 1981, la planta del personal de la Municipalidad de San Juan de la Costa será la siguiente:
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Escalafón Cargo Grado N°
Cargos
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Alcalde Alcalde 8° 1
Directivos Secretario Municipal 9° 1
Profesionales Profesionales I 11° 2
Especializados Especializados I 13° 1
Administrativos Administrativos I 16° 1
Administrativos II 17° 1
Auxiliares Auxiliares I 18° 1
Auxiliares II 19° 1
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9
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Artículo 2°.- La dotación máxima de personal de la Municipalidad de San Juan de la Costa será de 9 cargos.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.