Artículo 3° El Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación, por resolución fundada, podrá nombrar en los cargos de la Planta Profesional y Técnica a los funcionarios en actual servicio que desempeñan cargos en dicha Planta o en la Contrata Profesional y Técnica, aun cuando no reúnan los requisitos del título o Colegio a que se alude en el artículo 16° del presente decreto con fuerza de ley.