Artículo 4° El Fisco transferirá en dominio a la Corporación el Hotel "El Paso", ubicado en el departamento y comuna de Arica. A su vez, la Empresa de los Ferrocarriles del Estado transferirá en dominio a la Corporación los terrenos en que se encuentra construído el referido hotel y los que requiere para su funcionamiento, conforme al plano protocolizado con el N° 1 ante el Notario de Santiago, don Demetrio Gutiérrez López, el 3 de febrero de 1960.
La Corporación y la Empresa deberán suscribir una escritura pública de transferencia en que se indicarán los títulos que correspondan a los aludidos terrenos, con sus respectivos deslindes generales, como, asimismo, los deslindes particulares de los terrenos que se transfieren, de acuerdo con el plano recién individualizado y que tienen una superficie aproximada de 33.224 metros cuadrados.
Esta escritura servirá de título suficiente para la inscripción del dominio del inmueble, a nombre de la Corporación, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Arica.
La Corporación pagará el valor de las transferencias a que se refieren los artículos precedentes, en la forma prevista en el artículo 9° del decreto con fuerza de ley 370, de 1953, y aportará a "Hotelera Nacional S. A." los bienes adquiridos por este concepto.
La exención contemplada en el artículo 10° del recién mencionado cuerpo legal será aplicable a la transferencia y aporte del Hotel "El Paso" y de sus terrenos anexos.