FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA LA MUNICIPALIDAD DE SAN VICENTE DE TAGUA TAGUA
D.F.L. N° 220.- Santiago, 8 de Octubre de 1981.- Visto lo dispuesto en el N° 3, del artículo 32°, de la Constitución Política del Estado; la facultad que me confiere el artículo 27°, del decreto ley N° 3.551, de 1981, y la proposición el Alcalde de la Municipalidad de San Vicente de Tagua Tagua,
dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°.- A contar del 1° de Enero de 1981, la planta del personal de la Municipalidad de San Vicente de Tagua Tagua, será la siguente:
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Escalafón Cargo Grado N° Cargos
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Alcaldes Alcalde 5° 1
Directivos Juez de Policía 6 1
Local
Secretario 7° 1
Municipal
Directivo I 8° 1
Profesionales Profesional I 10° 3
Profesinal Ley N° 11 hrs/s
15.076
Jefaturas Jefatura I 10° 1
Jefatura II 12° 1
Especializados Especializado I 11° 1
Administrativo Administrativo I 13° 3
Administrativo II 14° 2
Administrativo III 15° 1
Administrativo IV 16° 1
Mayordomos Mayordomo I 15° 3
Mayordomo II 16° 1
Auxiliares Auxiliar I 16° 14
Auxiliar II 17° 17
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52
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Artículo 2°.- La dotación maxima de personal de la Municipalidad de San Vicente de Tagua Tagua será de 52 cargos y 11 horas semanales ley N° 15.076.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.