FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA LA MUNICIPALIDAD DE SAN FERNANDO
D.F.L. N° 235.- Santiago, 19 de Octubre de 1981.- Visto: lo dispuesto en el N° 3 del artículo 32°, de la Constitución Política del Estado; la facultad que me confiere el artículo 27° del decreto ley N° 3551, de 1981, y la proposición del Alcalde de la Municipalidad de San Fernando, dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°.- A contar del 1° de Enero de 1981, la planta del personal de la Municipalidad de San Fernando será la siguiente:
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Escalafón Cargo Grado N° Cargos
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Alcalde Alcalde 4° 1
Directivos Juez de Policía 5° 1
Local
Secretario 5° 1
Municipal
Directivo I 7° 3
Directivo II 8° 1
Jefaturas Jefatura I 9° 3
Profesionales Profesional Ley N° 22 hrs./s.
15.076
Profesional I 9° 1
Especializados Especializado I 10° 3
Especializado II 11° 8
Administrativos Administrativo I 12° 6
Administrativo II 13° 11
Auxiliares Auxiliar I 16° 3
Auxiliar II 17° 1
Auxiliar III 18° 1
Auxiliar IV 19° 1
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45
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Artículo 2°.- La dotación máxima de personal de la Municipalidad de San Fernando será de 45 cargos y 22 horas semanales Ley N° 15.076.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.