FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA LA MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
D.F.L. N° 236.- Santiago, 19 de Octubre de 1981.- Visto: lo dispuesto en el N° 3 del artículo 32° de la Constitución Política del Estado; la facultad que me confiere el artículo 27° del decreto ley N° 3551, de 1981, y la proposición del Alcalde de la Municipalidad de Santa Cruz, dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1°.- A contar del 1° de Enero de 1981, la planta del personal de la Municipalidad de Santa Cruz, será la siguiente:
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Escalafón Cargo Grado N° Cargos
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Alcalde Alcalde 5° 1
Directivos Juez de Policía 6° 1
Local
Secretario 7° 1
Municipal
Directivos I 9° 3
Profesionales Profesional I 9° 1
Profesional Ley N° 22 hrs./s.
15.076
Jefaturas Jefatura I 12° 1
Administrativos Administrativos I 13° 6
Administrativos II 14° 1
Administrativos III 16° 5
Auxiliares Auxiliares I 17° 3
Auxiliares II 18° 7
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30
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Artículo 2°.- La dotación máxima de personal de la Municipalidad de Santa Cruz será de 30 cargos y 22 horas Ley N° 15.076.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Seguel Morel, Teniente Coronel, Subsecretario de Hacienda.