Artículo 60° Deróganse las siguientes disposiciones legales:
El decreto con fuerza de ley N.o 7/5,707, de 1° de abril de 1956.
El decreto de Hacienda 2, de 2 de enero de 1933, que fijó el texto definitivo de la Ley Orgánica del Consejo de Defensa Fiscal.
La ley N.o 10,225, de 20 de diciembre de 1951, y las modificaciones introducidas por las leyes N.os 11,575, de 14 de agosto de 1954, y 11,.791, de 9 de febrero de 1955.
El decreto con fuerza de ley N.o 89, de fecha 1° de junio de 1953; los artículos 169°, 170°, 171°, y 172°, de la ley 11,256, de 16 de julio de 1954, sobre Alcoholes y Bebidas Alcohólicas.
No obstante, continuarán en vigencia los artículos 2° al 29°, ambos inclusive, de la ley 10,225, ya citada, con las modificaciones introducidas en ellos.