SUPRIME CARGO EN LA PLANTA DE LA CAJA NACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS Y PERIODISTAS
(Año 1981) D.F.L. N° 238.- Santiago, 17 de Diciembre de 1981.- Visto: el oficio N° 834, de 1981, de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, la facultad que me concede el artículo 35 del decreto ley N° 3.551, de 1980,
vengo en dictar el siguiente.
Decreto con Fuerza de Ley:
Artículo 1°.- Suprímese de la Planta de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, el cargo que a continuación se señala:
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Cargo N° de Cargo
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Químico Farmacéutico (Planta Ley 1
15.076)
Artículo 2°.- El Vicepresidente Ejecutivo de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas deberá dictar la resolución correspondiente, individualizando a la persona a quien afecte la supresión del cargo dispuesta en el artículo 1° del presente decreto con fuerza de ley:
Tómese razón, regístrese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.- Miguel Kast Rist, Ministro del Trabajo y Previsión Social.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento. Saluda a U. Alfonso Serrano Spoerer, Subsecretario de Previsión Social.
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA División Jurídica Cursa con alcance DFL. N° 238, de 1981 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Núm. 004437.- Santiago, 5 de Febrero de 1982.
Esta Contraloría General ha dado curso al decreto con fuerza de ley del epígrafe, que suprime el cargo que indica de la Planta Ley 15.076 de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, porque ha sido dictado en conformidad a la facultad delegada al Presidente de la República por el artículo 35 del DL. 3.551, de 1980.
No obstante, cumple con hacer presente que como la medida afecta al único cargo, que contempla la planta mencionada, no es necesaria la dictación del documento a que se refiere el artículo 2° del texto en estudio. Atendido lo anterior, este Organismo de Control entiende que la supresión de que se trata regirá a contar de la fecha de publicación en el Diario Oficial de este decreto con fuerza de ley.
Con el alcance que antecede, esta Entidad Fiscalizadora ha tomado razón del documento de la suma.
Transcríbase a la División de Toma de Razón y Registro.- Dios guarde a US., Miguel Solar Mandiola, Contralor General Subrogante.
Al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social Presente.