MODIFICA EL D.F.L. NUMERO 292, DE 1953, Y CREA LA GOBERNACION MARITIMA DE NAVARINO
Núm. 239.- Santiago, 28 de Marzo de 1960.- Vistas: las facultades que me confiere el artículo 202 de la ley N.o 13,305, de 6 de Abril de 1959, y
Considerando:
a) Que el artículo 13 del D.F.L. número 292, de 1953, establece que el litoral de la República se encuentra dividido, desde Arica a la Antártica, en 12 Gobernaciones Marítimas, y
b) Que atendido el incremento e importancia que ha adquirido la región que se encuentra al sur de Tierra del Fuego, especialmente la Isla Navarino y otras adyacentes, hace indispensable crear una nueva Gobernación Marítima en esa parte de nuestro territorio que se encuentra en pleno desarrollo y progreso y que al mismo tiempo, por su intermedio, permitirá ejercer mejor control marítimo en los canales e islas del extremo sur del país,
Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1.o Reemplácese el artículo 13 del D.F.L.
N.o 292, de 5 de Agosto de 1953, por el siguiente:
"Artículo 13.- Las Gobernaciones Marítimas serán 13, a saber: Arica, Iquique, Antofagasta, Coquimbo, Valparaíso, San Antonio, Talcahuano, Valdivia, Puerto Montt, Castro, Aysén, Punta Arenas y Navarino."
Tómese razón, comuníquese y publíquese.- J. ALESSANDRI R.- Roberto Vergara H.- C. Vial I.