Artículo 18° Decláranse en reorganización laRECTIFICADO
D.O. 30.04.1960
Junta de Aeronáutica Civil, dependiente del Ministerio de Defensa Nacional, y el Departamento de Transporte Aéreo del Ministerio de Economía, Subsecretaría de Transportes, en los términos del artículo 202° de la ley 13.305. En consecuencia, de acuerdo con lo dispuesto en la letra b) del artículo 4° del decreto con fuerza de ley 256, de 1953, el personal de esas reparticiones quedará en calidad de interino.