Artículo 4° transitorio. Mientras se efectúa el encasillamiento del personal de la planta de los servicios suprimidos en el artículo 2° de este decreto con fuerza de ley, se entenderá incorporado a la planta del Servicio Nacional del Consumidor y de laLEY 18959
Art. 5° Subsecretaría de Economía, con los mismos grados y remuneraciones que les correspondían a la fecha de dictación del presente decreto con fuerza de ley.
Art. 5° Subsecretaría de Economía, con los mismos grados y remuneraciones que les correspondían a la fecha de dictación del presente decreto con fuerza de ley.