FIJA EL TEXTO DE LA LEY GENERAL DE BANCOS
    Núm. 252.- Santiago, 30 de marzo de 1960.- Vistas las facultades que me confieren los artículos 202 y 207, N° 6, de la ley N° 13.305, de 6 de abril de 1959, vengo en dictar el siguiente
    DECRETO CON FUERZA DE LEY:
    El texto de la Ley General de Bancos con las modificaciones que ha tenido hasta la fecha y las que se le introducen por el presente decreto con fuerza de ley, será el siguiente:

NOTA:
      Ver el D.F.L.N°3, del Ministerio de Hacienda, publicado el 19.12.1997, fijó el texto refundido , sistematizado y coordinado del DFL N°252, de 1960, Ley General de Bancos , y del DL.N°1097, de 1975, Ley Orgánica de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.