MODIFICA LA PLANTA PERMANENTE DEL DEPARTAMENTO JURIDICO DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Núm. 258.- Santiago, 24 de Julio de 1953.- Considerando:
a).- Que por decreto con fuerza de ley N.o 150 de 4 de Julio de 1953, se estableció, en el artículo 40, las Plantas Permanentes de la Subsecretaría, Direcciones y Servicios dependientes del Ministerio de Obras Públicas;
b).- Que en la Planta Permanente del Departamento Jurídico se consultan dos cargos de Procuradores con grado 1.o;
c).- Que a dicho Departamento le corresponde la tramitación administrativa de todas las expropiaciones necesarias para la ejecución de obras públicas que emprenda el Estado por intermedio del aludido Ministerio;
d).- Que para dichos efectos es de absoluta necesidad que exista el cargo de Agente de Expropiaciones, y
Vistas:
Las facultades que me confiere el artículo 1.o de la ley N.o 11.151, de 5 de Febrero de 1953.
Decreto con fuerza de ley:
Artículo único.- Suprímese en la Planta Permanente del Departamento Jurídico del Ministerio de Obras Públicas, un cargo de Procurador grado 1.o y en su reemplazo créase un cargo de Agente de Expropiaciones de igual grado.
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese, publíquese e insértese en el Boletín de Leyes y decretos de la Contraloría General de la República.- CARLOS IBAÑEZ DEL CAMPO.- Orlando Latorre.- Felipe Herrera.